constitución de empresas Archives - Empresariados - Información para pymes y autónomos https://empresariados.com/etiqueta/constitucion-de-empresas/ Información para pymes y autónomos: fiscalidad, legalidad, administración, recursos humanos, marketing, estrategias de crecimiento y management. Tue, 03 May 2022 15:26:30 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.6.2 https://empresariados.com/wp-content/2015/10/cropped-Favicon-empresariados.png constitución de empresas Archives - Empresariados - Información para pymes y autónomos https://empresariados.com/etiqueta/constitucion-de-empresas/ 32 32 64223895 Tipos de cooperativas según su actividad https://empresariados.com/tipos-de-cooperativas-segun-su-actividad/ https://empresariados.com/tipos-de-cooperativas-segun-su-actividad/#respond Thu, 26 Oct 2017 11:04:03 +0000 https://empresariados.com/?p=8427 [...]]]> cooperativa
Una cooperativa se constituye por la libre asociación de varias personas que emprenden un negocio que se concreta a partir de la toma de decisiones democráticas de sus integrantes. Existen distintos tipos de cooperativas en función de la actividad que enumeramos a continuación. Fue en la Revolución Industrial cuando surgió con fuerza el asociacionismo como medio para generar cambios.

Cooperativas de trabajo asociado

Un modelo de colaboración frecuente en el contexto actual. Esta cooperativa está integrada por distintos socios que se asocian para generar una producción de bienes o servicios. Una cooperativa que se pone en marcha con la motivación de llevar a cabo objetivos colectivos que se materializa a través de la adhesión voluntaria de los socios. Las cooperativas industriales pueden ser, a su vez, de trabajo o de producción.

Cooperativas agrarias

Este tipo de cooperativa pone en valor el impulso, el desarrollo y la especialización en el trabajo del desarrollo rural por medio de la gestión de los recursos. Este tipo de cooperativa se contextualiza en el sector primario.

Cooperativas de servicios

En este tipo de cooperativa se enmarcan aquellas que ofrecen servicios de distintas características. Servicios profesionales, empresariales o institucionales. En este contexto se enmarcan otras. Por ejemplo, las cooperativas de ensañanza que son aquellas que gestionan acciones docentes. Las cooperativas sanitarias, las de transporte y las de crédito también se enmarcan en este punto. Cooperativas de servicios que conectan con el contexto del valor del consumo.

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Cooperativas de viviendas

Una sociedad mercantil que está integrada por distintos socios, una sociedad que se contextualiza en el marco del sector inmobiliario. Un grupo de personas se asocia con el objetivo común de acceder a una vivienda por las mejores características de calidad y precio. Este modelo también se clasifica como cooperativa de servicio.

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Tipos de empresas según su forma jurídica https://empresariados.com/tipos-de-empresas-segun-su-forma-juridica/ https://empresariados.com/tipos-de-empresas-segun-su-forma-juridica/#comments Wed, 12 Apr 2017 10:29:08 +0000 http://empresariados.com/?p=7917 [...]]]> razon-juridica
Existen distintos tipos de empresas dependiendo de la forma jurídica. Cada tipo de proyecto tiene unas características específicas. El análisis de la empresa puede hacerse desde distintos puntos de vista. Por ejemplo, según su tamaño. Pero también según la forma jurídica. En Empresariados hacemos una enumeración de los distintos tipos.

Unipersonal y sociedad colectiva

La responsabilidad de este tipo de empresa está a cargo de una sola persona que debe responder con su patrimonio ante posibles deudas producidas por el negocio. El empresario individual o autónomo gestiona su negocio.

En contraposición a esta forma jurídica, destaca la esencia de la sociedad colectiva cuya responsabilidad recae en varias personas. Debe estar constituida por dos o más socios.

Cooperativas

El fin principal de las cooperativas es régimen de adhesión o baja voluntaria entre varias personas que se asocian con una finalidad empresarial gestionando el proyecto de un modo democrático. El capital social está integrado por las aportaciones que han realizado los socios. La cooperativa es una sociedad de interés social. Los socios se unen para llevar a cabo un proyecto común que no podrían gestionar de un modo individual.

Sociedad anónima

Forma de sociedad capitalista en la que las aportaciones realizadas por los socios se traducen en acciones. Puede constituirse por un número de socios ilimitado. Sin embargo, conviene puntualizar que también puede constituirse la Sociedad Anónima Unipersonal que es aquella que está integrada por una sola persona. Esta forma de constitución jurídica tiene la ventaja de cuidar el patrimonio personal.

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Sociedad laboral

La sociedad laboral es una forma de Sociedad Anónima en donde el capital social principal pertenece a los trabajadores. El registro de estas sociedades se lleva a cabo por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Puede haber dos tipos de participaciones sociales. Los trabajadores pueden acceder a participaciones laborales. Mientras que los socios no trabajadores pueden acceder a participaciones generales. Sin embargo, ninguno de los socios puede poseer una cantidad mayor de un tercio del capital social.

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Las obligaciones del empresario individual https://empresariados.com/las-obligaciones-del-empresario-individual/ https://empresariados.com/las-obligaciones-del-empresario-individual/#respond Tue, 11 Sep 2012 10:58:38 +0000 http://empresariados.com/?p=2015 [...]]]>
Como anteriormente hablábamos, ser empresario individual presenta una serie de ventajas, pero también inconvenientes que deben sopesarse antes de decantarse por esta forma jurídica que conlleva una serie de obligaciones que, igualmente, deben valorarse y tenerse en cuenta para cumplir con la legalidad.

Dentro de las obligaciones, cabe destacar las tributarias. En este sentido, es reseñable que los beneficios de la empresa se imputan al empresario, quien tiene la obligación de declararlos en el IRPF.

En materia legislativa, hay que tener presente que el empresario individual está sometido a las disposiciones generales del Código de Comercio, que se aplica en todos aquellos temas mercantiles, y del Código Civil, que tiene vigor para los temas de derechos y obligaciones.

Y dentro de las obligaciones se halla la legalización de los Libros Oficiales de Comercio, que es obligatoria para todo empresario en función del sistema de determinación de la renta al que esté adscrito el titular en el IRPF y que puede ser en estimación directa normal o bien estimación directa simplificada. De esta manera, en la estimación directa normal, se necesita el Libro Diario, el Libro de Inventarios y las Cuentas Anuales, que deben legalizarse en el Registro Mercantil rellenando un impreso.

Por su parte, en la estimación directa simplificada es preciso disponer del Libro de Ventas e Ingresos, el Libro de Compras y Gastos, el Libro Registro de Bienes de Inversión, que se pueden adquirir en papelerías igualmente y legalizarse en Hacienda con tan sólo rellenar el impreso específico.

El empresario individual debe hacer la declaración censal en Hacienda con la que tendrá el NIF, que debe solicitarse antes de 30 días desde la constitución de la empresa. Desde ese momento, se está ya dado de alta en el censo del IVA y se queda registrado en Hacienda, teniendo que dar a conocer del sistema de determinación de la renta para el IRPF.

No obstante, hay que tener presente que, de acuerdo al Artículo 111 de la Ley del IVA, las empresas podrán deducirse las cuotas en que incurran antes de que comience la actividad, pero siempre y cuando hagan esta declaración censal y no transcurra más de un año hasta el inicio efectivo.

Y, además del IVA, no hay que olvidarse del Impuesto de Actividades Económicas o IAE que grava las actividades empresariales, teniendo que pagar por cada actividad que se realice en el caso de que se desarrollen varias, debiendo especificar el ámbito de actuación geográfico: municipal, provincial o nacional. Hay que saber que existen diferencias entre los municipios que se deben tener en cuenta para elegir el que más conviene. Una vez con estos puntos claros, el trámite se realiza a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria cumplimentando el impreso correspondiente, siendo preciso efectuarlo en los diez días hábiles antes de declarar el inicio de la actividad.

Y ya con el alta en la Seguridad Social del empresario, se finalizarían los trámites y obligaciones necesarias para comenzar la actividad. No hay que olvidarse que el alta en la Seguridad Social se debe hacer antes de 30 días naturales desde el alta en el IAE.

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Los pros y contras del empresario individual https://empresariados.com/los-pros-y-contras-del-empresario-individual/ https://empresariados.com/los-pros-y-contras-del-empresario-individual/#respond Mon, 10 Sep 2012 15:11:06 +0000 http://empresariados.com/?p=2011 [...]]]>
A la hora de crear una empresa una de las posibilidades existentes dentro de las formas jurídicas por las que se puede optar es la del empresario individual. Una figura que es de las más empleadas en España porque es idónea para crear las empresas que son de reducido tamaño en las que, por ejemplo, hay un titular y varios trabajadores que están contratados, o bien para poder iniciar una actividad empresarial en los casos en los que no se disponga de capital suficiente para constituir otro tipo de sociedad. Una figura que presenta varias ventajas, pero que también conlleva inconvenientes que hay que conocer y valorar antes de tomar la decisión.

Entre las ventajas se halla el hecho de que no se precisa de formalidades específicas, lo que reduce sustancialmente los trámites administrativos y legales que deben darse y el capital que se precisa para su constitución, puesto que sólo se requiere personalidad física. Además, tampoco es obligatorio figurar dentro del Registro Mercantil, aunque sí es conveniente dar este último paso para poder obtener el beneficio de la publicidad del registro.

Sin embargo, esta opción presenta una serie de inconvenientes. El más importante de ellos es que las deudas y obligaciones del negocio se asumen como bienes personales al no diferenciarse entre el patrimonio del empresario y el de la empresa. Un dato que, además, hay que tener muy presente en el caso de haber contraído matrimonio y del régimen de bienes por el que se haya optado en el momento del enlace.

También hay que tener en cuenta que en el caso de que sean varias las personas que quieren poner en marcha la iniciativa empresarial, pero opten por la forma jurídica del empresario individual, se deberá constituir la empresa por parte de uno de ellos, teniendo que ser el resto contratados por la empresa que se cree. Una situación en la que, sobre todo, para que funcione adecuadamente se debe tener confianza, siendo igualmente imprescindible la responsabilidad mutua para evitar problemas en su funcionamiento y desarrollo.

Además, la decisión de quien va a ser el empresario y quienes los contratados debe sopesarse muy bien para elegir el perfil más adecuado, siendo conveniente también dejar muy claro desde el principio las relaciones que se establecerán en el marco de la empresa.

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Cómo elegir la forma jurídica más adecuada para la empresa https://empresariados.com/como-elegir-la-forma-juridica-mas-adecuada-para-la-empresa/ https://empresariados.com/como-elegir-la-forma-juridica-mas-adecuada-para-la-empresa/#respond Thu, 06 Sep 2012 17:53:54 +0000 http://empresariados.com/?p=1990 [...]]]>
A la hora de crear una empresa, una de las decisiones que los emprendedores tienen que adoptar es la elección de la forma jurídica. Una decisión que debe ser analizada y estudiada, puesto que debe optarse por la mejor para la actividad empresarial y el proyecto de negocio que se vaya a desarrollar.

Dentro de los aspectos que se deben tener en cuenta a la hora de tomar esta decisión es el tipo de actividad que se va a ejercer, ya que ésta condiciona la elección, puesto que hay casos en los que la normativa actual que se aplica a ese sector establece una forma jurídica específica.

Además de este factor, otro elemento a tener en cuenta es el número de promotores, dado que igualmente condiciona la elección. De esta manera, como pauta general, puede seguirse que si hay varios promotores lo más idóneo es constituir una comunidad de bienes o una sociedad, aunque también cabe tener presente que las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada pueden ser igualmente unipersonales.

Asimismo, al tomar la elección, cabe valorar la responsabilidad que van a tener los promotores, dado que cada sociedad establece un determinado nivel de responsabilidad. De este modo, cabe decir que la responsabilidad puede quedar limitada al capital que se aporte, lo que sucede en las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, o bien ser ilimitada, viéndose afectada por lo tanto al patrimonio mercantil como al civil, situación que esta última se da en el empresario individual y en la sociedad colectiva, entre otras formas jurídicas.

Otro factor que influye en esta decisión es la dimensión económica del proyecto, puesto que hay sociedades para las que se precisa un capital mínimo.

Y no hay que olvidarse tampoco de los aspectos fiscales, campo en el que hay que sopesar los costes fiscales. En esta línea cabe recordar el hecho de que las sociedades tributan en el Impuesto sobre Sociedades, mientras que las Comunidades de Bienes lo hacen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por su parte, los empresarios individuales lo hacen también en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el que el tipo impositivo va elevándose según aumentan los beneficios.

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¿Por qué nace una empresa? https://empresariados.com/por-que-nace-una-empresa/ https://empresariados.com/por-que-nace-una-empresa/#comments Thu, 17 Nov 2011 10:52:26 +0000 http://empresariados.com/?p=272 [...]]]>
Cualquier proyecto empresarial tiene una causa en concreto, es decir, una razón de ser. De hecho, crear un negocio implica una reflexión y un balance que implica tiempo. Es decir, se trata de una labor consciente que está cargada de responsabilidad. Pues bien, en última instancia, una empresa tiene su razón de ser en la carencia, es decir, en la necesidad.

Por tanto, una empresa se centra en determinado ámbito para satisfacer las necesidades del cliente. Algunas empresas cometen el gran error de tratar a un cliente como si fuese un problema, sin embargo, un negocio no tiene ningún sentido sin clientes que depositan su confianza en el producto que se oferta. Un cliente se dirige a comprar un producto cuando lo necesita.

Por ello, una empresa será más profesional en la medida en que esté más especializada en un ámbito en concreto. Por otra parte, en el mejor de los casos, una empresa tiene su razón de ser en la vocación profesional de un empresario que ha puesto forma a sus sueños y a sus ideas. Es decir, que ha materializado sus objetivos de trabajo de una forma física.

Pero además, detrás de una empresa existen personas con sueños y con capacidad de aportar algo nuevo y diferente al mercado. Dicha novedad puede ser la base del éxito de un proyecto empresarial. Lo nuevo está vinculado con lo exclusivo, con algo especial que es difícil de encontrar.

En cierto modo, una empresa es como un ser vivo que nace, crece y se desarrolla (es decir, puede gozar de una buena expansión). Sin embargo, también existe la situación contraria, es decir, puede suceder que una empresa cierre sus puertas, en ese caso, el drama es notable porque muchas personas se quedan sin trabajo. Y el trabajo está directamente vinculado con la felicidad.

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