El mes de septiembre trae consigo una serie de novedades fiscales para el colectivo de los autónomos como la subida del IVA y el incremento de la retención en el IRPF. Pero, ¿cómo van a afectar estos cambios? ¿Cómo hay que aplicarlos? ¿Cuándo entran en vigor?.
Una de las medidas más anunciadas ha sido la de la subida del IVA. En este caso, los autónomos se verán obligados a subir el IVA en sus facturas, pasando del 18% actual al 21% que se tendrá que aplicar en las facturas que se emitan en el mes de septiembre.
Pero este no es el único cambio que tienen que afrontar puesto que también se eleva el recargo de equivalencia al que tienen que hacer frente por vender al consumidor final, pasando del 4% al 5,2% y del 1% al 1,4% en el tipo reducido.
Otra de las medidas fiscales que afecta a los autónomos ya en el mes de septiembre está relacionada con la retención a cuenta del IRPF. En este caso, el incremento hace que el porcentaje se aumente desde el 15% actual al 21% desde el próximo día 1 de septiembre en los rendimientos de actividades profesionales, así como en los ingresos que se perciban por realizar actividades como impartir cursos, seminarios o conferencias.
Hay que tener en cuenta que este cambio es momentáneo, al menos de momento y si no se hace ninguna otra modificación, ya que a partir de enero de 2014, la retención en el IRPF por rendimientos de actividades profesionales se situará en el 19%.
Y aún hay más aumentos a los que tienen que hacer frente los autónomos como es el caso de la base máxima de cotización. Referente a esta medida, cabe destacar que la base máxima de cotización aumentará un 5%, mientras que la mínima lo hará en un 1% en el año 2013. De esta manera, el tope máximo en las bases de cotización se elevará desde los 3.262,5 euros al mes hasta los 3.425,6 euros mensuales, mientras que la base mínima de cotización, con la subida del 1%, se incrementará desde los 850,2 euros mensuales a los 858,7 euros.