Tres son los trámites que debes realizar para contratar a un trabajador para que preste servicios en tu empresa. Te los paso a detallar a continuación:
– Solicitar la inscripción de la empresa en la Tesorería Gral. de la Seguridad Social. Esto de hacerse si es la primera vez que contratas un trabajador. Es un acto administrativo por el que la Tesorería le asigna a tu empresa un número para su identificación y control de sus obligaciones. Este número se considera como el primero y principal Código de Cuenta de Cotización. A este Código se vincularán todos los actos que tu empresa haga a lo largo de los años. Si tienes oficinas en diferentes provincias deberás solicitar uno para cada una de ellas.
– Afiliación y Alta del trabajador: debes hacerlo en la Dirección Provincial de la Tesorería Gral. de la S.S. en la que esté domiciliada tu empresa y tiene que ser antes de que éste comience a trabajar. Debes presentar el modelo TA.1 acompañado de una fotocopia del DNI del trabajador. También se debe dar de alta con el modelo TA.2 si es que el trabajador nunca trabajó y, por lo tanto, no está dado de alta en la Seguridad Social.
– Comunicación de las contrataciones al Servicio de Empleo: una vez que se ha hecho todo lo anterior y que se ha firmado un contrato con el trabajador se ha de comunicar al Servicio Público de Empleo en el plazo de 10 días. Esto afecta también a los cambios en el contrato de cualquier trabajador, como puede ser un ascenso, una prórroga de contrato, un cambio de suelo…
Todos estos trámites son muy importantes, ya que puedes incurrir en una grave falta si te los pasas por alto, lo que acarrearía una sanción y, en algunos casos, una bastante fuerte si tomas por norma saltarte siempre alguno de estos trámites.