Hoy queremos hablarte de un documento muy conocido que probablemente hayas tenido en tus manos alguna vez. Se trata del finiquito, que no deberíamos confundir con indemnización porque no tiene nada que ver. En este caso nos referimos a un documento de liquidación de las deudas pendientes entre una empresa y un trabajador cuando se da por finalizado el contrato.
Toda empresa está obligada a prepararlo para que el trabajador estampe su firma antes de decir adiós de forma definitiva. El trabajador puede solicitar la presencia de su representante legal y debe hacerlo constar cuando así sea. Además, también debe hacer constar que la empresa no ha permitido la presencia de su representante legal si se da el caso.
Conceptos incluidos en un finiquito
Antes de nada merece la pena tener claro qué conceptos forman parte de un documento de liquidación.
Vacaciones no disfrutadas: Si se ha producido un despido inmediato, no cabe duda de que deben ser abonadas. También puede ocurrir que el empleado haya gastado más días de vacaciones de los que le pertocarían en el momento del despido. En ese supuesto, el trabajador es quien debe pagar a la empresa por dicho concepto.
Días trabajados y no cobrados: Cuando el trabajador lleva «x» días trabajados de un mes y se produce el despido, la empresa debe pagar esos días trabajados sin esperar a que se llegue a fin de mes. Son los salarios pendientes de pago.
Horas extra pendientes: Son las horas de más que ha hecho el empleado rebasando las que figuran por contrato en la jornada laboral. Sin duda, suele ser uno de los puntos más conflictivos a la hora de llegar a un acuerdo por el finiquito.
Pagas extra pendientes: Si no están prorrateadas en el salario mensual, la empresa tiene la obligación de pagar la cantidad que corresponda para saldar su deuda con el trabajador.
Anticipos recibidos por el trabajador: Si la empresa ha anticipado parte del sueldo a un empleado, este deberá devolver el importe correspondiente restándolo de la cuantía total del finiquito.
Indemnización por despido: En función del motivo de la extinción del contrato (finalización de obra, despido improcedente o despido objetivo), la empresa deberá indemnizar al trabajador con una cuantía mayor o menor. El empleado debe conocer las causas reales del despido, ya que en ocasiones hay empresas que esconden la realidad para pagar menos. El caso más habitual es el de dar por terminado un contrato por finalización de obra o servicio, cuando en realidad lo que se ha producido es un despido improcedente en toda regla.
Bonus de productividad: Cualquier bonus como el de productividad, siempre y cuando se haya generado en los últimos doce meses, debe ser abonado por la empresa incluyéndolo en el finiquito.
¿Cómo sé si el cálculo del finiquito es correcto?
Es importante que el finiquito facilitado por la empresa incluya todos los importes desglosados por conceptos, ya que es la única forma de poder hacer cálculos para comprobar si está bien. Por ello, si se generan dudas, lo ideal es revisarlo acompañado de un asesor legal, o en caso contrario añadir un «no conforme«.
En líneas generales, se recomienda observar si el número de días incluidos en el finiquito es correcto, si se ha aplicado el redondeo al alza por meses de la antigüedad, si el salario es correcto o si hay un error a la hora de calcular días de vacaciones no disfrutados, horas extra y pagas extra pendientes.
La ley no estipula ningún plazo máximo para el pago del finiquito, aunque hay convenios colectivos que sí lo hacen para proteger al trabajador despedido. El pago se puede llevar a cabo por transferencia bancaria, mediante efectivo o a través de un cheque, y es recomendable que el trabajador lo reclame antes de que se cumpla un año desde la entrega del mismo.